miércoles, 7 de noviembre de 2012

Representación Procesal


La representación procesal queda configurada cuando la parte opta por hacerse representar por otra persona en el proceso, lo cual es jurídicamente posible en virtud de lo dispuesto en el C. Procesal Civil, que expresa: "Quien tiene capacidad para comparecer por sí al proceso y disponer de los derechos que en él se discuten, pueden nombrar uno o más apoderados. Si son varios, lo serán indistintamente y cada uno de ellos asume la responsabilidad por los actos procesales que realice" (Art. 68, 1°p. CPC).

En el proceso civil es opcional que la parte que comparezca en juicio deba estar representada por un apoderado o asistida por un abogado, o tener a ambas personas a la vez.

La representación procesal es una persona llamada representante que efectúa actos procesales en nombre de otra, denominada representado. Los efectos de estos actos procesales recaen en la esfera jurídica del representado. 
Hay tres clases de representación procesal:

a). Legal; Se encuentra determinada en el ordenamiento jurídico, como es el caso de la representación de los menores de edad, de una persona jurídica, del Estado en juicio, etc..

b). Judicial; Estrictamente se refiere se refiere al curador procesal (Art. 61 del CPC); corresponde a lo que antes se denominaba defensores de ausencia y herencia.

c). Voluntaria; Este tipo de representación tiene como núcleo el poder, el mismo que por naturaleza jurídica es unilateral. Se puede  conferir a uno o varios apoderados.

La representación procesal supone el contrato de mandato o el poder, en cuya virtud se acredita la representación que se ejerce.

El poder es una declaración unilateral de voluntad o mandato jurídico, otorgado a una persona para que pueda actuar en su nombre y representación, dentro de los límites establecidos en él.

El representante judicial obra siempre en nombre ajeno (la parte es quien actúa en nombre propio). Ya que sobre el representado es a quien le recae cada acto que realizado su representante en su nombre.


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